Los paisanos que radican en otros lugares del mundo no podrán votar en la elección de jueces y magistrados , pero los extranjeros sí podrán venir a observar y hasta obtendrán un financiamiento para sus gastos de traslado, estancia y actividades en México.
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Autoridades electorales en Tamaulipas invitan a personas de otras nacionalidades a registrarse como visitantes y participar mediante esta figura en el proceso que permitirá renovar el Poder Judicial.
En días pasados, se confirmó que el Instituto Nacional Electoral (INE) no cuenta con las condiciones técnicas, operativas y económicas necesarias para implementar el voto de los mexicanos en el extranjero en la elección de jueces, magistrados y ministros a realizarse el domingo 1 de junio.
Por otro lado, el Consejo General del INE aprobó las bases y criterios para invitar a las personas visitantes extranjeras que vendrán a conocer el desarrollo de este proceso inédito en México.
¿Cómo será el proceso para recibir solicitudes de los extranjeros en la elección judicial?
De acuerdo con la convocatoria respectiva, se recibirán las solicitudes de todos aquellos ciudadanos no mexicanos interesados en el tema, que incluye también la renovación del Poder Judicial en la entidad. Sus actividades serán apoyadas con viáticos que comprenden desde el viaje, hospedaje y gastos de operación.
El Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam), órgano responsable de organizar los comicios de juzgadores locales, difundió la invitación a participar, al igual que el Consejo Local del INE en la entidad.
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“Las personas visitantes extranjeras podrán conocer e informarse sobre el desarrollo del proceso federal y los comicios concurrentes que en su momento realicen las entidades del país que se celebrarán de manera coincidente, en cualquiera de sus etapas”, señala el documento.
Para ello, podrán solicitar la celebración de entrevistas o reuniones informativas con el funcionariado del INE en órganos centrales. En las entidades federativas, lo harán a través de los consejos locales y distritales por conducto de su presidencia, quien en un plazo no mayor de cinco días hábiles informará lo correspondiente a la Presidencia del Consejo General.
BRR