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¿Quiénes SÍ deben tener el buzón tributario del SAT? Así puedes habilitarlo

La herramienta servirá para tener mejor comunicación y personalizada con el fisco. Entérate qué personas quedan exentas del trámite

Una importante herramienta con la que el Servicio de istración Tributaria (SAT) se comunica con los contribuyentes es el buzón tributario, el cual emite notificaciones importantes relacionadas con el fisco.

Fue a través de sus redes sociales, que el SAT recordó cómo y por qué es importante habilitar el buzón tributario. A continuación te desglosaremos el paso a paso, para que obtengas esta función y quiénes sí deben tomarlo en cuenta.


¿Quiénes SÍ deben tener el buzón tributario del SAT?

De acuerdo con el fisco, todas las personas físicas y morales (empresas) que se encuentren inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), deberán hacer el registro.

Sin embargo, aclaró que hay excepciones en este procedimiento y son:

  • Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidas. En este caso, habilitar el Buzón Tributario es opcional.
  • Personas morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos, también tienen la opción de habilitar el Buzón Tributario.
  • Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados, están relevados de habilitar el Buzón Tributario.
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​En caso de dudas o para conocer más sobre la habilitación y quiénes deberán crear el proceso, podrás ingresar a la página del SAT.

¿Qué es el Buzón Tributario?

A grandes rasgos, se trata de un canal a través del cual se entabla una comunicación entre los contribuyentes y el SAT.

Su función es simplificar la notificación de actos istrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.

¿Qué puedes hacer con tu Buzón?

  • Con esta herramienta puedes presentar promociones o avisos.
  • También se enteran de los requerimientos de información que realice el fisco, ya que reciben información sobre beneficios y facilidades fiscales.
  • Reducir el tiempo en trámites.
  • Tendrás una comunicación personalizada.
  • Mayor certeza jurídica a los actos y resoluciones.

Si aún no estás dado de alta o no conoces el proceso para obtenerlo, aquí te decimos.

¿Cómo habilitar el Buzón Tributario?

  1. El primer paso es ingresar al portal: sat.gob.mx
  2. En la parte inferior de tu pantalla del lado izquierdo pulsa para acceder al mini sitio del buzón.
  3. Luego se dará click en el botón que dice “habilita tu buzón”.
  4. Tendrás que acceder por contraseña, por lo que necesitas tener a la mano tu RFC.
  5. Escribe el código captcha y enviar.
  6. El sistema te desplegará una pantalla para registrar mínimo un correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular, ya que serán tus medios de o.
  7. Da “continuar” y si todo está bien, entonces te aparecerá fecha, folio y hora de registro.
  8. Da click en imprimir acuse.
  9. Después te llegará un aviso de confirmación en los medios antes registrados. Es decir, en caso del celular te llegará un SMS.

Recuerda que solo contarás con 72 horas para confirmar tu correo o número de celular. En caso de no hacerlo, no procederá y otra vez tendrás que hacer el trámite.

También será necesario detallar que, aquellos contribuyentes, personas físicas que se inscriban en el RFC, reanuden actividades o actualicen sus actividades económicas y obligaciones en el RFC para tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, tienen como fecha límite el 31 de diciembre de 2025.



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Claudia Flores
  • Claudia Flores
  • Licenciada en Comunicaciones por la Universidad Méxicana. Siempre me ha gustado el periodismo digital. Escribo sobre temas de tendencia, programas sociales y de todo en general. Actualmente me desempeño como coordinadora de Discover en el medio MILENIO.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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