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¡Alerta! SAT multará con más de $11 MIL pesos si NO activas el Buzón Tributario; AQUÍ los detalles

Los contribuyentes o las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) tienen la obligación de actualizar sus medios de o; aquí te decimos cuál es la fecha límite.

Incumplir con tus obligaciones ante el Servicio de istración Tributaria (SAT) como registrarte y mantener actualizados tus medios de o podría llevarte a una infracción o multa de más de 11 mil 500 pesos a partir del próximo año. Aquí te explicamos por qué.

Los contribuyentes o las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) tienen la obligación de habilitar el llamado Buzón Tributario.

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¿Qué es el Buzón Tributario?

Es un canal de comunicación que tiene como objetivo simplificar la notificación de actos istrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura; así también, a través del Buzón, los contribuyentes presentan promociones, avisos o dan cumplimiento a requerimientos de información que realice el SAT.

¿Quiénes están obligados a habilitar el Buzón Tributario?

De acuerdo con el SAT, los contribuyentes que están obligados a tener su Buzón Tributario activo son los que hayan obtenido ingresos por concepto de sueldos y salarios, así como de asimilados a salarios en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.

También, las personas físicas con situación fiscal, sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidos.

Las personas morales con situación fiscal de suspendidos en el Registro Federal de Contribuyentes o RFC. Sin embargo, en este caso no será aplicable tratándose de los trámites o procedimientos, en los que se requiera que cuentes con Buzón Tributario o de contribuyentes que hayan emitido factura electrónica CFDI (factura electrónica) de ingresos o recibido CFDI de nómina en los últimos 12 meses.

¿Cuál es la multa por no habilitar tu Buzón Tributario?

Según el SAT, desde 2020 tener habilitado el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados sus medios de o, es una obligación fiscal.

La sanción por no hacer caso a este requerimiento estaba prevista para inicios de 2024. Sin embargo, se extendió una prórroga hasta el 1 de enero de 2025.

Lo anterior, de conformidad con el artículo transitorio Cuarto de la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 y sus Anexos 1, 5, 8, 15, 19 y 27, publicada en el DOF el 29 de diciembre de 2023.

Así, el artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, la infracción en materia de no habilitación del Buzón Tributario, no registro o no actualización de los medios de o, se impondrá una multa de 3 mil 850 pesos a 11 mil 540 pesos.

Si aún no habilitas tu Buzón Tributario, es importante hacerlo a la brevedad. 

¿Cómo habilitar el Buzón Tributario?

Los contribuyentes que deben realizar la activación del Buzón Tributario, deben de seguir estos pasos:

  • Ingresar a la página oficial del SAT.
  • Seleccionar la opción de Buzón Tributario.
  • Acceder a través de la contraseña o e.firma.
  • Elige la opción de Configuración.
  • Captura el código de activación recibido vía SMS.

Para concretar la activación del Buzón con éxito, deberás tener a la mano los siguientes requisitos:

  • e.firma o firma electrónica.
  • e.firma portable o contraseña.
  • Un correo electrónico.
  • Un número de teléfono de celular.

MRA

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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