Sener apelará resolución de juez contra plan de gas natural

La Sener argumenta que el control y la planeación en materia de hidrocarburos son facultades exclusivas del gobierno federal.

Después de que un juez concedió la suspensión definitiva a la estrategia de garantía de suministro para la optimización de capacidad en el Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural (Sistrangas), la Secretaría de Energía (Sener) indicó que interpondrá un recurso de revisión y apelará dicha resolución.

En un comunicado, la Sener dijo que considera ilegal la sentencia interlocutoria dictada dentro del juicio de amparo 254/2022, 255/2022, emitida por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia istrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República.

La Sener añadió que el control y la planeación en materia de hidrocarburos son facultades exclusivas del gobierno federal a cargo de la secretaría, por lo que los criterios que se emitan como parte de la política energética son observados y coordinados en conjunto con los diferentes organismos del sector energético, tal como lo establece la Constitución.

Recordó que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estima que la autonomía técnica y de gestión de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) no es absoluta, en el sentido de que sigue siendo un órgano dependiente del Poder Ejecutivo federal y por tanto forma parte de los organismos que componen el sistema de hidrocarburos.

Ayer, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) dijo que dicha estrategia podría repercutir en un incremento a los precios de este combustible que sería transferido a los consumidores finales, así como en un deterioro en las condiciones de oferta.

En la estrategia, se establece que los s o interesados en recibir el servicio de transporte de gas natural en los puntos de internación del Sistrangas deben acreditar que reciben el suministro por parte de Petróleos Mexicanos (Pemex), la Comisión Federal de Electricidad (CFE), o sus empresas filiales y subsidiarias; y que la prestación del servicio esté asegurada mediante la contratación de capacidad de transporte en ductos con cualquiera de estas empresas del Estado.

Al respecto, el Cenagas envió el oficio CENAGAS-UGTP/00434/2022 a los s de transporte de gas natural, en el que señala que aquellos que tengan un contrato de servicio tendrán la obligación de entregar evidencia documental de que cumplen con los requisitos establecidos en la estrategia, a más tardar el 13 de agosto de 2022.

La Cofece determinó que esto impediría a los s, ya sean comercializadoras o s industriales, que decidieran no contratar con las empresas del Estado antes referidas el en igualdad de condiciones a la capacidad del Sistrangas, beneficiando artificialmente a Pemex y CFE.

AMP

Google news logo
Síguenos en
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.