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¿Los ex empleados tienen derecho al pago de utilidades en México? La ley menciona lo siguiente

El pago de utilidades 2024 está a la vuelta de la esquina y si recientemente renunciaste o te despidieron de tu empleo, te decimos si tienes derecho al reparto según la LFT.

Uno de los periodos más esperados del año para los trabajadores es el reparto de utilidades 2024, el cual se debe de entregar a los colaboradores activos, pero ¿qué sucede con los ex empleados, tienen derecho al pago? ¿hay un momento especial para hacerlo? Te contamos.

Las utilidades o PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades) de la empresa se trata de una prestación con la que todo empleador está obligado a cumplirle a sus colaboradores. Sólo en caso de que la empresa no haya obtenido utilidades durante el ejercicio fiscal anterior, no hay reparto.

Si la empresa generó un ingreso anual declarado para el ISR ante el Servicio de istración Tributaria (SAT) que supere los $300 mil pesos, entonces esta está obligada a repartir las utilidades entre ellos.

La participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas es un derecho. Un derecho de los trabajadores que se establece en el artículo 123 de la Constitución de México y fue creado en 1996. También reflejado en el artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

¿Qué dice la LFT?

"Los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas, de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas".

"El porcentaje fijado por la Comisión constituye la participación que corresponderá a los trabajadores en las utilidades de cada empresa".

¿Los ex empleados pueden cobrar utilidades?​

​Tienen derecho al reparto de utilidades los siguientes casos:

  • Madres y padres que estén en períodos de incapacidad temporal y trabajen.
  • Trabajadores eventuales, siempre que su período laboral haya sido de por lo menos 60 días durante el año.
  • Ex empleados que hayan trabajado durante el año fiscal anterior en un plazo mínimo de 60 días.

El pago de utilidades deberá efectuarse dentro de los sesenta días después de la fecha en que deba pagarse el impuesto anual (31 de marzo las empresas y 30 de abril las personas físicas); es decir, del 1 de abril al 30 de mayo las personas morales del Régimen General (empresas), y del 1 de mayo al 29 de junio las personas físicas con Actividades Empresariales y Profesionales, así como las personas físicas del Régimen de Incorporación Fiscal.

El reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores. | Freepik
El reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores. | Freepik

En el caso de los ex empleados, el pago puede ser generado hasta el 30 de abril del año siguiente.

La ley establece que se debe realizar el aviso al ex trabajador, por medios electrónicos o por escrito o llamada, para que conozca el día y la hora de entrega de su PTU. Normalmente se le avisa de esto al momento de su liquidación o renuncia.

¿Qué empresas no están obligadas a pagar utilidades?

  • Empresas sin fines de lucro, como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  • Instituciones públicas sin fines lucrativos.
  • Empresas cuyo capital es menor al establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

¿Quiénes son los empleados que no tiene derecho a utilidades?

De acuerdo al artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, los siguientes empleados son quienes no tienen derecho a recibir el pago de PTU:

  • Directores, gerentes generales y es.
  • Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días.
  • Socios y accionistas.
  • Colaboradores bajo un esquema de pago por honorarios. Porque no hay una relación de trabajo de subordinado.
  • Trabajadores domésticos.


DMZ

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Daniel Zainos
  • Daniel Zainos
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  • Comunicólogo egresado de la FyS de la UNAM. Redactor de Discover. De seguridad a espectáculos, escribo de todo un poco… si Trends lo permite. Fan de la música, los podcast y la exploración cotidiana.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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