Tribunal pide a la Corte aclarar si el TEPJF puede invalidar suspensiones contra elección judicial

El Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación (PJF) suspendió en el ámbito de sus atribuciones, la continuación del desarrollo del proceso electoral extraordinario para elección de juzgadores.

Un Tribunal Colegiado pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aclarar si el Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal (TEPJF) puede dejar sin efectos las suspensiones otorgadas contra la elección judicial a celebrarse en junio de este año.

El Primer Tribunal Colegiado istrativo del Tercer Circuito, con sede en el municipio de Zapopan, presentó ante la Corte una contradicción de criterios, el 6 de diciembre, en las que se confirma una de las suspensiones.

Además de otra emitida el 18 de noviembre por tres magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral en la que afirmaron que no es posible detener la elección por tratarse de un mandato de la Constitución.

INE sustenta proceso judicial

Con esta resolución el Instituto Nacional Electoral (INE) ha sustentado la continuación del proceso de la elección judicial. No obstante, el tribunal colegiado puntualizó que el TEPJF no tiene competencia en este tipo de juicios y, por lo tanto, no puede invalidar dichas suspensiones.

"Los pronunciamientos en los que la Sala Superior del TEPJF resolvió los ´asuntos generales´ no son vinculantes para los órganos de control Constitucional en materia de amparo", sostuvo el tribunal.

El miércoles 8 de enero, en su conferencia matutina, la presidenta Claudia Sheinbaum señaló que la suspensión del Comité de Evaluación de la elección judicial viola la resolución del Tribunal Electoral.

Acusan violaciones al proceso electoral

“Están violando una resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. El tribunal ya había hecho una resolución en el sentido de que estos amparos no tenían ninguna validez porque estaban dentro del terreno electoral, entonces el amparo, pues no es procedente, entonces la Corte no tendría por qué responder ante este amparo”, dijo.

La contradicción de criterios por este asunto quedó registrada en la Suprema Corte con el número de expediente 286/2024, pero aún no ha sido turnado a un ministro o ministra.

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RM

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