El 5 de mayo de 2025, la Academia Militarizada Ollin Cuauhtémoc de la Ciudad de México trasladó sus actividades a la modalidad remota, luego de que el Instituto de Verificación istrativa (INVEA) colocara sellos de suspensión en sus instalaciones.
La academia es investigada por la muerte de Erick "N", uno de sus alumnos, ocurrida el 25 de abril tras un campamento organizado en el estado de Morelos. En el desarrollo de las indagatorias se reveló que, además, el plantel operaba con presuntas irregularidades. ¿Cómo funciona la regulación de este tipo de escuelas? En MILENIO te contamos.
¿Qué dice la ley sobre las academias militarizadas?
Una de las inconsistencias en las que aparentemente incurrió la academia Ollin Cuauhtémoc es la ausencia de una matrícula debidamente oficializada ante la Secretaría de Educación Pública (SEP). Alessandra Rojo de la Vega, alcaldesa de Cuauhtémoc, informó que las inscripciones de un gran número de menores eran "fantasmas", ya que la dependencia federal no contaba con registro de ellos.

La Ley General de Educación (LGE) refiere que los particulares interesados en impartir educación deben solicitar autorización o reconocimiento de validez oficial a la SEP —o en todo caso, a la secretaría estatal en la materia— y los requisitos son distintos según el nivel de estudios.
El acuerdo número 357, por ejemplo, establece los procedimientos relacionados con el permiso para impartir educación preescolar, mientras que el acuerdo 255 sienta las bases para la autorización a nivel de educación secundaria.
La misma LGE señala que las autoridades encargadas de otorgar las autorizaciones deberán llevar a cabo "acciones de vigilancia por lo menos una vez al año a las instituciones que imparten servicios educativos".
Asimismo, esta ley faculta a la Secretaría para que, si detecta alguna infracción, se impongan multas económicas, o bien, se revoque la autorización y se clausuren los servicios educativos del plantel.
Aunque la LGE establece los lineamientos generales para el funcionamiento de las escuelas privadas —como lo son las academias militarizadas—, no incluye ningún apartado relacionado con la instrucción de tipo castrense al interior de los planteles.

Durante la presentación del Informe Mensual de Seguridad de la Ciudad de México, ocurrida el 14 de mayo, el jefe de Estado Mayor de la Primera Zona Militar, Jaime Salvador López, precisó que "toda escuela militarizada debe ser validada por la Secretaría de Educación Pública y posteriormente debe seguir ciertos parámetros para su funcionamiento".
El mando castrense resaltó que el personal asignado para brindar la instrucción militar en estas academias debe contar con una capacitación adecuada. Además, es responsabilidad de la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa) autorizar el uniforme utilizado en dichas escuelas, para garantizar que sean distintos a los de las fuerzas federales.
En su intervención, Salvador López aclaró que las academias militarizadas, al ser instituciones de carácter civil, no se circunscriben al fuero militar que regula a los colegios y escuelas incorporados a la Defensa, por lo que toda investigación relacionada con estos planteles corresponde a las fiscalías.
Lo que sí hace la Defensa para monitorear el funcionamiento de estas academias es realizar verificaciones istrativas, con las que se busca analizar si cumplen con lo necesario para brindar adiestramiento militar. A raíz de lo ocurrido en la Ollin Cuauhtémoc, la corporación castrense giró la orden de incrementar estas supervisiones.
"Se está haciendo un trabajo integral para que en todas estas escuelas para que se pueda verificar por parte de la Defensa que existan estos reglamentos, estos estatutos y estas directivas", mencionó Salvador López.
Las primarias pueden ser militarizadas desde 1982
En diciembre de 1982 se emitió el acuerdo número 96 que establece la organización y funcionamiento de las escuelas primarias en México. En su artículo noveno, apuntaba que "las escuelas primarias pueden ser militarizadas cuando cuenten con autorización de la Secretaría de la Defensa Nacional para impartir instrucción militar".
¿Cuántas academias militarizadas están incorporadas a la SEP?
A principios de la década de 1940, en el contexto de la declaración de guerra en México, las academias particulares de tipo militar estaban reguladas únicamente por la Secretaría de la Defensa Nacional y, para entrar a este ramo, debían obtener una autorización previa de la SEP que validara su funcionamiento como planteles educativos.

Desde mayo de 1943, el Reglamento para el Funcionamiento de las Academias Particulares de Tipo Militar decretó que dichas instituciones no estaban sujetas al fuero militar, pero facultaba a la Defensa para prestar armamento e instalaciones para realizar prácticas de tiro.
Actualmente, para operar como escuelas particulares con reconocimiento oficial, las academias militarizadas deben incorporarse al Sistema Educativo Nacional. En este sentido, la SEP cuenta con una base de datos pública sobre las escuelas incorporadas a la institución.
Dado que la plataforma no contempla ningún filtro para distinguir aquellos planteles en los que se imparte instrucción militar, sólo es posible rastrearlos si incluyen lenguaje castrense en su nombre.
Ante esto, MILENIO pudo constatar la existencia de al menos 15 academias militarizadas distribuidas en 11 entidades distintas. La Ciudad de México, San Luis Potosí, Tamaulipas y Tlaxcala cuentan con dos escuelas de este tipo, mientras que Durango, Jalisco, Morelos, Querétaro, Sinaloa, Tabasco y Yucatán albergan por lo menos una academia en su territorio.
Cabe señalar que en redes sociales y sitios de internet es posible encontrar un número mayor de academias militarizadas que ofrecen sus servicios, pero sus nombres no aparecen en la base de datos de la Secretaría.
BM.