Tribunal federal ordena a FGR no vulnerar reputación de juez que liberó a líder del Cártel del Golfo

Además, fue concedida una suspensión provisional al juez de control.

Un tribunal federal ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) eliminar de su red social X (antes Twitter), los mensajes en los que criticó al juez Gregorio Salazar Hernández, quien ordenó la liberación del presunto líder del Cártel del Golfo, José Alfredo Cárdenas Martínez, El Contador.

Además, exigió a la dependencia no vulnerar la independencia judicial, el honor y reputación del juzgador.

Por unanimidad, el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia istrativa del Primer Circuito otorgó una suspensión provisional al juez de control adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en el penal de máxima seguridad del Altiplano, Estado México.

El 3 de diciembre, la FGR informó que inició una carpeta de investigación contra el juez federal que ordenó la liberación del sobrino del capo Osiel Cárdenas Guillén, el 20 de noviembre de este año del reclusorio Oriente, en la Ciudad de México.

La institución señaló que la carpeta de investigación fue iniciada por posibles delitos contra la istración de la justicia cometidos por servidores públicos, y criticó el fallo por modificar la medida cautelar que permitió al probable narcotraficante enfrentar su proceso de extradición en libertad, con la colocación de un brazalete electrónico y acudiendo a firmar cada semana, además de una garantía de 5 millones de pesos.

El juez Salazar Hernández promovió un amparo porque dijo que la exhibición que se hizo de su persona en la conferencia matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum, y lo informado por la FGR no está basado en información cierta y veraz.

“Por tanto, ante la gravedad de la vulneración de la independencia judicial de la persona quejosa, ahora recurrente, el fiscal General de la República (Alejandro Gertz Manero) debe publicar en la plataforma digital de X (antes Twitter) y su página oficial de internet la versión pública de esta sentencia en las cuentas respectivas, como medida provisional para restaurar cautelarmente la independencia judicial.
“En caso de informar y opinar sobre las resoluciones emitidas en los juicios en trámite; deben realizarlo de acuerdo a los deberes de veracidad, objetividad e imparcialidad, sin realizar valoraciones subjetivas, ataques, denostaciones o insinuaciones de ilicitud que afecten el honor de la persona juzgadora, pues dicha crítica objetiva deberá referirse al contenido de tales determinaciones con base en argumentos jurídicos”, detalla la resolución.

Asimismo, ordenó a la FGR abstenerse de prejuzgar materialmente y en consecuencia, realizar presiones indebidas de carácter mediático sobre los casos respectivos del juzgador que estén en trámite, máxime que las leyes prevén los mecanismos legales para que las autoridades responsables puedan denunciar conductas contrarias a las leyes mediante la presentación de las pruebas correspondientes.



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