Política

Agravan penas por cometer feminicidios en Nuevo León con hasta 80 años de cárcel

La entidad cuenta con 6 de 35 municipios con más feminicidios a nivel nacional, siendo estos Juárez, Escobedo, Guadalupe, Monterrey, Cadereyta y Ciénega de Flores.

Al entrar en vigor reformas en materia de feminicidio, se establece que cuando un servidor público o persona en general cometa dicho delito contra una mujer que sea menor, este embarazada, sea adulta mayor o tenga alguna discapacidad podría ir a la cárcel hasta por 60 u 80 años.

Con base en lo publicado por el gobierno del Estado en el Periódico Oficial, aprobado en marzo pasado por el Congreso local, indica que si un funcionario se aprovecha de su cargo para asesinar una mujer deberá pagar con los años de cárcel señalados.

"La pena se agravará (45 a 60 años) en un tercio (60 a 80 años) cuando la víctima sea mujer menor de edad, embarazada, adulta mayor o con discapacidad, así́ como cuando el sujeto activo sea servidor público y haya cometido la conducta valiéndose de esta condición", indica el texto.

Aunque se agrave la pena en ese porcentaje, en Nuevo León puedes purgar solo 60 años de cárcel, a pesar de que un Juzgador fije una pena mayor.

Por ejemplo, se castigará con el mismo tiempo si se comprueba que hubo relación laboral o docente entre el victimario y la víctima.

De acuerdo con el documento, el feminicidio en Nuevo León y en general, en México, ha alcanzado proporciones alarmantes, convirtiéndose en una crisis social y de derechos humanos.

De acuerdo con ONU MUJERES, el feminicidio se refiere al asesinato de una mujer por el hecho de serlo, el final de un continuum de violencia y la manifestación más manifestación más extrema. Este fenómeno ha sido clasificado según la relación entre víctima y victimario en cuatro categorías:

  • Feminicidio de pareja íntima
  • Feminicidio de familiares
  • Feminicidio por otros conocidos
  • Feminicidio de extraños

El estado cuenta con 6 de 35 municipios con más feminicidios a nivel nacional, siendo estos Juárez, Escobedo, Guadalupe, Monterrey, Cadereyta y Ciénega de Flores.

"Al considerar estas múltiples razones de género en la legislación, se puede adoptar un enfoque más integral hacia la protección de las víctimas de violencia de género y en la procuración e impartición de justicia de aquellas niñas y mujeres a quienes lamentablemente les arrebataron la vida", indica el documento.

A nivel federal se contemplaron dentro de las circunstancias del feminicidio el caso en el que existan antecedentes o datos en los que el sujeto activo amenazó, acosó o lesionó a la víctima, puesto que, las referidas conductas de intimidación, hostigamiento y daño físico o mental en perjuicio de las mujeres evidencian un patrón de violencia hacia ellas.

"Se fortalecería la protección de las mujeres y se garantizaría una adecuada istración de justicia, asegurando que tales antecedentes sean considerados como factores para la comisión del delito de feminicidio.
"Se deben considerar los supuestos considerados en el modelo federal para aplicarlas en el sistema jurídico local y con ello salvaguardar y proteger ampliamente a las víctimas tanto directas como indirectas del delito de feminicidio", detalla el documento.

grt

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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