Propuesta a Ley de Electromovilidad en CdMx: ¿qué cambios considera para bicis y scooters?

Si pasa la propuesta algunos vehículos deberán cumplir con las mismas normativas que las motocicletas de combustión.

El Gobierno de la Ciudad de México, liderado por Clara Brugada, presentó en marzo una propuesta para modificar la Ley de Movilidad y a el Reglamento de Tránsito con el fin de regular el uso de vehículos eléctricos (Ley de Electromovilidad), garantizando mayor seguridad vial y promoviendo la protección del medio ambiente.

¿Cuáles serian los cambios clave?

Las reformas propuestas buscan mejorar el orden vial, proteger a los s y reducir el número de accidentes, especialmente entre motociclistas eléctricos, cuya presencia ha crecido en la capital en los últimos meses. 

Datos relevantes:

- Durante el tercer trimestre de 2024, se registraron 19 mil 207 accidentes de tránsito, una reducción del 10.6 % respecto al periodo previo.

- Se reportaron 106 muertes, siendo el 49 % motociclistas.

- En términos de lesiones, los motociclistas representan el 43 % del total de afectados.


¿Cómo se clasificarían las normativas para los vehículos?

Las reformas distinguen entre motocicletas eléctricas y vehículos no motorizados, cada uno con regulaciones específicas.

Motocicletas eléctricas

  • Vehículos con una o dos ruedas, velocidad superior a 25 km/h y dirección por manubrio.

Deberán cumplir con las mismas normativas que las motocicletas de combustión:

  1. Placas y tarjeta de circulación obligatorias.
  2. Uso de casco y luces encendidas.
  3. Prohibición de circulación en ciclovías y banquetas.
  4. Registro ante la Secretaría de Movilidad para unidades con permisos de otras entidades.

Scooters y patines eléctricos

  • Clasificados como vehículos no motorizados, operados por tracción humana o pedaleo asistido.
  • Límite de velocidad de 25 km/h.
  • Deben transitar por ciclovías o, en caso de ausencia, usar el carril derecho de la vía.
  • Tienen prioridad sobre vehículos motorizados en la circulación.
  • Actualización legal

Cabe mencionar que para unificar criterios y garantizar su aplicación, se modificarán diversos artículos de la Ley de Movilidad y el Reglamento de Tránsito, incluyendo:

  • Ley de Movilidad: Artículos 9º, 23 BIS, 64, 137.
  • Reglamento de Tránsito: Artículos 117 y 120.
  • Reglamento de la Ley de Movilidad: Artículos 21, 37, 45 y 47.

La medida contempla a Scooters y patines eléctricos. | Foto: Nelly Salas
La medida contempla a Scooters y patines eléctricos. | Foto: Nelly Salas

Medidas de seguridad

Para reforzar la seguridad vial, la Secretaría de Seguridad Ciudadana instalará 150 radares de velocidad dentro del programa Fotocívicas, orientado a reducir la reincidencia en conducción de alto riesgo.

"Nuestro objetivo es generar conciencia sobre el peligro de conducir a alta velocidad. Hemos observado que los accidentes fatales suelen estar relacionados con reincidencia en estas conductas", explicó Pablo Vázquez Camacho, titular de la SSC.

Con esto prevén que las modificaciones legales reduzcan la incidencia de accidentes, aseguraren el uso adecuado del espacio vial y mejorar la convivencia entre los distintos modos de transporte.

CHZ

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