Pensión para Personas con Discapacidad: cuándo inicia el registro y REQUISITOS para recibir 3 mil 200 pesos

La secretaria del Bienestar, Ariadna Montiel, anunció la apertura de registro para el programa durante la Mañanera del Pueblo.

El periodo de registro de las Pensiones de Bienestar para Personas con Discapacidad se anunció durante una Mañanera del Pueblo por Ariadna Montiel, secretaria del Bienestar. A continuación, te detallamos el proceso de registro, así como el calendario completo de inscripción para recibir un apoyo de 3 mil 200 pesos bimestrales.

Apoyos brindados en el primer bimestre de 2025

Fue durante la conferencia del 17 de febrero en donde, además de anunciar las fechas de registro, se dio a conocer que, en el primer bimestre de 2025, 15 millones 210 mil 410 derechohabientes recibieron sus pagos de Pensiones y Programas de Bienestar.

Gracias a una inversión social de 85 mil 964 millones de pesos. Estos recursos se destinaron a personas adultas mayores, personas con discapacidad, y mujeres beneficiarias, además de apoyar otros programas como Apoyo a Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras y Sembrando Vida. 

Fechas de registro:

El proceso de registro está abierto hasta 28 de febrero de 2025.

Horario de registro presencial

Durante este tiempo, se invita a los interesados a acudir a los Módulos de Bienestar que atienden de lunes a sábado, de 10:00 a 16:00 horas. 

Puedes consultar la ubicación de estos módulos en la página oficial de la Secretaría de Bienestar: gob.mx/bienestar.

Calendario de registro por letra

El registro se organiza según la primera letra del apellido paterno de los solicitantes:

  • A, B, C: lunes 24 de febrero
  • D, E, F, G, H: martes 25 de febrero
  • I, J, K, L, M: miércoles 19, 26 de febrero
  • N, Ñ, O, P, Q, R: jueves 20, 27 de febrero
  • S, T, U, V, W, X, Y, Z: viernes 21, 28 de febrero
  • Todas las letras: sábado 22 de febrero

Requisitos para el registro

Para acceder a la pensión, se deben presentar los siguientes documentos:

  • Identificación oficial vigente 
  • CURP 
  • Acta de nacimiento
  • Comprobante de domicilio no mayor a 6 meses
  • Teléfono de o
  • Certificado de discapacidad emitido por una Institución Pública de Salud

Registro de persona auxiliar

Las personas con discapacidad pueden registrar a una persona auxiliar que las represente en los trámites, presentando los mismos documentos.

YRH

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Yareli Rafael
  • Yareli Rafael
  • Egresada de Letras Clásicas por la UNAM y editora en Discover Milenio. Vivo entre temas de salud, tendencias e internet, pero nunca dejo de lado mi fascinación por lo grecorromano, la lingüística y la investigación.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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