La Cámara de Diputados aprobó con 438 votos y uno en contra el decreto por el que se establecen las características de nueve monedas conmemorativas de la Copa Mundial de Fútbol 2026 organizada en conjunto por México, Estados Unidos y Canadá.
Tres de las monedas serán de oro, tres de plata y tres más bimetálicas, con valor nominal de 10, 20 y 25 pesos, respectivamente.
La Mesa Directiva en el Palacio de San Lázaro envió el decreto al Ejecutivo para su publicación y entrada en vigor.
De acuerdo con el dictamen, “las monedas conmemorativas por acuñarse para este evento no solo celebrarán la pasión por el fútbol, sino fortalecerán el coleccionismo y la inversión en metales preciosos (oro y plata), a la vez que se convertirán en piezas icónicas dentro del mercado nacional e internacional”.
Se espera que la Copa del Mundo 2026 atraiga alrededor de 1.5 millones de turistas a las sedes mexicanas, lo que representará un impacto económico importante en las anfitrionas Ciudad de México, Guadalajaray Monterrey.
“Se espera que el país obtenga un beneficio económico por alrededor de 5 mil millones de dólares, derivados del turismo, el comercio, la inversión y la creación de aproximadamente cien mil empleos directos e indirectos”, señala.
Los legisladores integrantes de la comisión dictaminadora sostuvieron que la numismática ha servido como un reflejo de la historia de las naciones.
Así, cada moneda cuenta una historia y las monedas conmemorativas del Mundial 2026 serán testigos de una era histórica para México.
“Las nueve monedas serán ampliamente apreciadas por los mercados nacional y extranjero, lo cual no solamente contribuirá a promover la cultura a través de un evento de gran impacto internacional, sino a incrementar la rica y centenaria tradición numismática, así como fomentar el ahorro y la inversión”, añadieron.
Cada pieza será grabada en el anverso con el Escudo Nacional, mientras que el Banco de México determinará los diseños del reverso dentro de los noventa días posteriores a la entrada en vigor del decreto.
“Las monedas conmemorativas podrán empezar a acuñarse a partir de los 30 días naturales posteriores a la fecha en que se determinen los diseños”, prevén los artículos transitorios del decreto.
Corresponderá a la Casa de Moneda de México hacer los ajustes técnicos requeridos y al Banco de México la titularidad de los derechos patrimoniales de autor y de cualquier otro derecho de propiedad intelectual.