El Tribunal Electoral confirmó los nuevos topes de gastos personales para las campañas judiciales, al considerar que es un “supuesto meramente hipotético” que quienes competirán no cuentan con ahorros de entre 220 mil pesos hasta 1.4 millones de pesos para que se autofinancien sus campañas, por lo que descartaron algún tipo de discriminación económica.
MILENIO adelantó que a unos días de que arranquen las campañas judiciales, la Sala Superior votaría este miércoles un proyecto que proponía confirmar los nuevos topes de gastos personales de campaña que aprobó el INE por orden del propio Tribunal Electoral, pese a que las consejerías criticaron la manera en que se reinterpretó la ley, que establecía que los gastos “no pueden ser mayores” a 220 mil pesos, pero que ahora, se entiende como que este monto es el piso y no el techo.
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Con lo que se validó por mayoría de votos, que serán definitivos como topes de gastos personales de campaña: un millón 468 mil 841.33 pesos para los cargos judiciales nacionales, es decir, para las personas que compitan por un espacio en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el Tribunal de Disciplina Judicial o en la Sala Superior del Tribunal Electoral.
Un tope de 881 mil 304.80 pesos para quienes compitan por alguna de las Salas Regionales del TEPJG; para tribunales colegiados de 413 mil 111.63 pesos y para juzgados de distrito de 220 mil 326.20 pesos.
Un candidato a magistrado de la Sala Regional Monterrey alegó que estos nuevos topes diferenciados y superiores al límite de 220 mil pesos que marca la ley, no sólo afectaba la certeza del proceso reinterpretando en sentido contrario este límite legal sino que, además, generaba discriminación porque beneficiaba únicamente a quienes tuvieran un alto nivel económico, pues la regla central de las campañas es que no tendrán recursos públicos ni privados sino únicamente personales.
Puso como ejemplo que, en su caso, no cuenta con los recursos para el límite de topes de 881 mil pesos y quienes sí puedan financiarse con esa cantidad, tendrán una ventaja sobre él y otros aspirantes que tampoco tengan suficiente dinero propio.
“Establecer un tope de gastos de 880 mil pesos, un candidato podría tener ese monto, pero si otro sólo puede invertir 100 mil pesos, la diferencia se dispara, contrario a lo que hubiera sucedido con 220 mil pesos que sin importar el poder económico de los candidatos, se lograba limitar gastos a la misma cantidad”, alegó el candidato.
Sin embargo, el proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña concluyó que este alegato era meramente hipotético, pues consideró que las limitantes económicas de las personas que tienen una candidatura son “posibilidades irreales” que no prueban discriminación alguna.
“No expone de qué manera los topes de gastos establecidos por el INE vulneran su derecho a ser votado y a no ser discriminado. Ello pues plantea un supuesto meramente hipotético respecto de un posible candidato que, frente a un tope de $880,000.00, tuviera disponibles recursos por $780,000.00 en comparación con otro que podría gastar $100,000.00
“Es decir, se limita plantear posibilidades irreales que no demuestran una afectación real a su derecho a ser votado o un motivo que permita a esta autoridad jurisdiccional considerar que ha sido discriminado a partir de la determinación de la autoridad responsable, y menos la manera en la que le genera un perjuicio”, indica el proyecto.
La magistrada Janine Otálora votó en contra, en congruencia con su voto previo en la sentencia en que se le ordenó al INE hacer este ajuste con una interpretación contraria a lo que señala la ley, por lo que consideró indebido partir de que lo que la ley marca como un techo, ahora se entienda como un piso.
Mientras que, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, autor de esta nueva interpretación contraria a lo que señala la ley, votó en contra pero por considerar que al tratarse de una impugnación de un candidato a magistratura electoral debe atenderla la Suprema Corte de Justicia de la Nación y no la Sala Superior del Tribunal Electoral, tal como la establece la reforma desde su origen.
El resto del pleno consideró que sí era materia de la Sala Superior pues se impugnaban todos los topes en general y no una situación particular de magistraturas electorales.
Por lo que, por mayoría de votos, quedaron firmes los nuevos topes de gastos de campaña que comenzarán a contabilizarse a partir del próximo domingo 30 de marzo cuando arranquen las campañas.
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