El último día para presentar tu declaración anual en 2025 de las personas físicas llegó, de acuerdo con el Servicio de istración Tributaria (SAT), para cumplir con tus obligaciones como contribuyente responsable sólo necesitas tu RFC y Contraseña o e.firma.
EL DATO¿Qué es la declaración anual?
Se trata de un documento que se presenta ante el SAT en el que las personas, físicas o morales, crean un reporte detallado de todas sus operaciones contables y fiscales realizadas el año anterior. Fuente: BBVA
¿Cuándo es el último día para presentar la declaración anual?
Las personas físicas deben presentar su declaración a más tardar el 30 de abril, refiere el SAT.
¿Quiénes deben presentar su declaración anual?
Estas personas físicas deben cumplir ante el SAT con su declaración anual a más tardar el último día de abril.
- Si eres un trabajador que colaboró sólo con un empleador y dejaste de laborar antes del 31 de diciembre.
- Si obtuviste ingresos distintos de salarios.
- Si trabajaste para dos o más empleadores de manera simultánea.
- Si tu salario provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
- Si además obtuviste ingresos por indemnización.
- Si los ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede la cantidad de 400 mil pesos.
- Servicios profesionales.
- Actividades Empresariales, incluye: Plataformas tecnológicas, Región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
- Arrendamiento de bienes inmuebles.
- Intereses o dividendos.
- Enajenación o adquisición de bienes.
Además, quienes tributan bajo el régimen fiscal Resico quedan no están obligadas a presentar la declaración anual de acuerdo con la regla 3.13.7 de la RMF, excepto las que apliquen lo establecido en las reglas 3.13.20. y 3.13.21., quienes pueden optar por presentarla.
¿Cuáles son los requisitos para presentar tu declaración anual?
- Contraseña
- e.firma activa: sólo si el saldo a favor es superior a 10 mil pesos y se captura una nueva cuenta CLABE.
El SAT recuerda a los contribuyentes que en caso de no contar con alguno de los requisitos, se tiene a disposición las siguientes herramientas para obtenerlos.
Contraseña para generarla o actualizarla:
- SAT ID en satid.sat.gob.mx
- SAT Móvil, disponible en App Store y Google Play
- Portal del SAT con e.firma en: AQUÍ.
e.firma
Portal del SAT: Para renovarla, si está próxima a vencer, entra en este link: AQUÍ.
Para renovarla si tiene menos de un año que venció puedes tramitarla en el SAT ID: AQUÍ.
Visores disponibles:
- Visor de nómina para personas trabajadoras
- Visor de comprobantes de nómina para el empleador
- Visor de deducciones personales
Como cada año, para la declaración anual de personas, se pueden hacer deducciones personales si se solicita factura y se paga con medios electrónicos como tarjeta de crédito, débito, cheque o transferencia electrónica de fondos:
- Honorarios médicos, dentales, de nutrición o psicología
- Gastos hospitalarios
- Lentes graduados hasta por 2 mil 500 pesos.
- Gastos funerarios
- Donativos
- Interés por créditos hipotecarios
- Aportaciones voluntarias y complementarias al Sistema de Ahorro para el Retiro
- Primas por seguros de gastos médicos
- Transporte escolar
- Colegiaturas desde nivel preescolar hasta bachillerato.
Al presentar tu declaración anual de personas, se puede obtener alguno de los siguientes resultados:
- Saldo a favor: opción de compensación, devolución o sin selección. En caso de optar por devolución, se debe elegir una cuenta precargada o ingresar una nueva de 18 posiciones.
- Saldo a pagar: es posible seleccionar la opción de pago hasta en seis parcialidades mensuales, siempre que la declaración se presente dentro del plazo legal establecido y el pago de la primera parcialidad se haga dentro de dicho periodo.
Para presentar tu declaración anual deberás entrar a la siguiente liga: Aquí.
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MRA