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SAT devuelve más de 23 mil mdp a contribuyentes con saldo a favor

El órgano recaudador ya suma 9.8 millones de declaraciones de personas físicas; mañana último día.

Durante el actual periodo de Declaraciones anuales de personas físicas la devolución aumentó, regresando 23 mil 859 millones de pesos, informó el Servicio de istración Tributaria (SAT).

Destacó que, con corte a la mañana de este martes, se presentaron 9 millones 833 mil 875 declaraciones de personas, 9 por ciento por encima de lo registrado en el mismo periodo un año antes.

La dependencia tributaria indicó que de tal cifra, 6 millones 448 mil 637 contribuyentes solicitaron saldo a favor.

Hasta la fecha, las autoridades tributarias revisaron 4 millones 251 mil 971 de dichas solicitudes, lo que representa 65.9 por ciento del total.

“Este organismo ejerce sus facultades para llevar a cabo una revisión detallada de la información proporcionada en las declaraciones”, dijo el órgano tributario.
“Por lo que actualmente el tiempo promedio en que se hace la devolución es de ocho días hábiles, plazo mucho menor al que establece el Código Fiscal de la Federación, que es de 40 días hábiles posteriores a la solicitud”, agregó.

La dependencia federal recordó a los contribuyentes que el plazo legal para presentar la Declaración Anual de personas, vence este 30 de abril.

Además indicó que Portal del SAT y el minisitio para personas físicas están disponibles las 24 horas del día para que los contribuyentes puedan cumplir con esta obligación fiscal a tiempo.

También con el objetivo de apoyar a las y los contribuyentes en el último tramo para la presentación de la Declaración Anual 2024 de personas, informó que hasta mañana ampliará su horario de atención de 8:30 a 18:00 horas.

Señaló que esta medida aplicará en las 161 oficinas del órgano recaudatorio distribuidas en todo el país. Sin embargo recordó que el 30 de abril es la fecha límite para cumplir con esta obligación fiscal y evitar multas o sanciones.

¿Quienes deben declarar?

Indicó que la Declaración Anual es una obligación para las personas que obtuvieron ingresos por sueldos y salarios, si trabajaron para un solo empleador y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre o si obtuvieron ingresos distintos de salarios.

Así como si trabajaron para dos o más empleadores simultáneamente, si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener o obtuvieron ingresos por indemnización.

También los que obtuvieron ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta o si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede los 400 mil pesos.

Además de servicios profesionales o actividades empresariales. Incluye plataformas tecnológicas, región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.

A esta lista también se agregan arrendamiento de bienes inmuebles, la enajenación o adquisición de bienes y los intereses o dividendos.

El SAT agregó que las personas que tributan en el RESICO quedan relevadas de presentar la Declaración Anual de conformidad con la regla 3.13.7 de la RMF, excepto las que apliquen lo establecido en las reglas 3.13.20. y 3.13.21., quienes pueden optar por presentarla.

Indicó que para presentar la Declaración Anual es necesario contar con contraseña o e.firma.

SNGZ

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Fernanda Murillo
  • Fernanda Murillo
  • Economista por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), foodie y swiftie. Actualmente reportera del sistema financiero, macroeconomía, organismos financieros y banca multilateral internacional, mercado de valores, agentes y mercados globales.
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