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Gobierno expropia 70 inmuebles en cinco estados a favor del Tren Maya

Los terrenos tiene un extensión total mayor a los 663 mil metros cuadrados.

El gobierno federal anunció el proceso de expropiación de 70 inmuebles en los estados de Chiapas, Campeche y Yucatán a favor de la ejecución de los tramos 1, 2, 3, 4, 5 y 7 del Tren Maya.

A través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la autoridad especificó que estos terrenos tienen una extensión mayor a los 663 mil metros cuadrados y servirán para continuar con todos los aspectos operativos del proyecto ferroviario.

La empresa Tren Maya detalló que los inmuebles que se van a expropiar se encuentran en Palenque, Chiapas; Balancán, Tabasco; Campeche, Tenabo, Hecelchakán, Calkiní, Champotón, Escárcega y Calakmul,  Campeche; Tixpéhual, Chocholá, Izamal, Tixkokob, Maxcanú, Umán, Uayma y Mérida, en Yucatán y Solidaridad, en Quintana Roo.

Se indicó que a través de las solicitudes que hizo está compañía ferroviaria la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) por conducto de la Unidad de Asuntos Jurídicos, integró el expediente de expropiación número en el cual constan los dictámenes técnicos en los que se afirma que los inmuebles descritos son los más apropiados e idóneos para el desarrollo de esta obra.

El Tren Maya señaló que basado en diversas artículos de la Constitución Mexicana las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

"El Instituto de istración y Avalúos de Bienes Nacionales, emitió los dictámenes valuatorios en los que determinó el monto unitario por metro cuadrado a indemnizar por la expropiación de cada uno de los bienes inmuebles que refiere el presente decreto", informó la compañía.

El Tren Maya informó que la expropiación de los terrenos incluye las construcciones e instalaciones que se encuentren en los bienes inmuebles y que formen parte de ellos.

"La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano procede a la ocupación inmediata de los bienes materia de esta expropiación. La interposición de cualquier medio de defensa no suspende la ocupación señalada", indicó.

Se detalló que con motivo de la entrada en vigor del presente decreto, Tren Maya debe cubrir con su presupuesto autorizado, el monto de la indemnización que en términos de ley deba pagarse a quienes acrediten su legítimo derecho, de conformidad con los avalúos que emitió el Instituto de istración y Avalúos de Bienes Nacionales.

"Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de este decreto, los interesados podrán acudir al procedimiento judicial a que se refiere el artículo 11 de la Ley de Expropiación, con el único objeto de controvertir el monto de la indemnización", afirmó.

La empresa Tren Maya informó que si los bienes a que se refiere el presente decreto no son destinados a la realización de las acciones que dieron causa a la expropiación, dentro del término de cinco años, el afectado podrá ejercer las acciones correspondientes, dentro del plazo de dos años, contado a partir de la fecha en que sea exigible.


MRA

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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