En 2025, contar con un seguro de auto en la Ciudad de México no solo es una medida de protección, sino también una obligación legal. En MILENIO te contamos sobre la multa por no contar con uno.
Esto según el Reglamento de Tránsito de la capital y la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Descubre aquí los detalles sobre las sanciones y cómo evitar estas penalizaciones.
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¿De cuánto es la multa por no tener seguro de auto?
De acuerdo con la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales deben contar con un seguro que garantice a terceros los daños que pudieren ocasionarse en sus bienes y personas por la conducción del vehículo.
La contratación de este seguro es responsabilidad del propietario del vehículo.
El artículo 74 Bis de la misma ley establece que por conducir vehículos en caminos y puentes federales que no cuenten con un contrato de un seguro que garantice daños a terceros, se impondrá una multa de veinte a cuarenta días de salario mínimo vigente en Ciudad de México.

"Por conducir vehículos en caminos y puentes federales que no cuenten con un contrato de un seguro que garantice daños a terceros con multa de veinte a cuarenta días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal", se lee en la ley.
Asimismo, se menciona que el propietario del vehículo tendrá 45 días naturales para la contratación de la póliza de seguro, y al presentarla ante la autoridad recaudatoria dentro de este término, la infracción será cancelada.
"El propietario del vehículo tendrá 45 días naturales para la contratación de la póliza de seguro, misma que al presentarla ante la autoridad recaudatoria durante el término anterior, le será cancelada la infracción", se señala.
¿Qué dice el Reglamento de Tránsito de la CdMx?
Por otro lado, el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México en su artículo 46 también establece la obligación de contar con una póliza de seguro de responsabilidad civil vigente.
Así pues, se establece que todos los vehículos deben tener un seguro vigente que cubra los daños que puedan causar a otras personas o a sus bienes.
- Si es vehículo particular y no tiene seguro, la multa será de 20, 30 o 40 UMAs (Unidad de Medida y Actualización).
- Si es un transporte de carga, la multa será de 40, 50 o 60 UMAs.
- Si es transporte público de pasajeros, la multa será de 60, 70 u 80 UMAs.
Si te multan por no tener seguro, puedes pedir la cancelación de la multa en los siguientes 45 días, presentando ciertos documentos (como identificación, tarjeta de circulación, la póliza del seguro, etc.).
¿Cuánto vale la UMA en 2025?
En 2025, el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) es de $113.14 pesos, vigente desde el 1 de febrero de 2025 de acuerdo al INEGI.
Entonces, la multa por no contar con una póliza de seguro de responsabilidad civil vigente para vehículos particulares en la Ciudad de México es equivalente a:
Vehículo particular:
-20, 30 o 40 UMAs: 2 mil 262.8 pesos, 3 mil 394.2 pesos y 4 mil 525.6 pesos respectivamente.
Transporte público:
-60, 70 u 80 UMAs: 6 mil 788.4 pesos, 7 mil 919.8 pesos y 9 mil 51.1 pesos respectivamente.Transporte de carga:
- 40, 50 o 60 UMAs: 4 mil 525.6 pesos, 5 mil 657 pesos y 6 mil 788.4 pesos respectivamente.
Estos valores aplican en la Ciudad de México y pueden variar en otras entidades federativas.
¿Cómo aplica cada ley?
Es importante notar que la multa y la autoridad competente para imponerla difieren entre la legislación federal y el reglamento de la Ciudad de México.
La ley federal aplica a vías federales y la sanción se expresa en días de salario mínimo, mientras que el reglamento de la Ciudad de México aplica en su territorio y la sanción se expresa en veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
YRH