Policía

Buscan combatir tráfico de armas y uso de vehículos 'monstruo' con reforma a la Ley

Además, se pretende legislar que toda persona que posea legalmente un arma pueda designar a otra para que disponga de ella en caso de ausencia.

Las reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego permitirán limitar el tráfico ilícito de armas y frenar el uso de vehículos artillados con blindaje artesanal, afirmó el general Marco Antonio Gómez Nava, director del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos de la Secretaría de Defensa Naciponal (Sedena).

En una entrevista con Pedro Gamboa para MILENIO Televisión, explicó que con los cambios realizados se abre la posibilidad de que una persona que posea legalmente un arma pueda designar a otra para que disponga de ella en caso de ausencia. 

¿Cuál será el tratamiento para estos casos?

“Se está contemplando que aquellas personas que porten armas de uso exclusivo del ejército tengan una sanción que van desde los veinte hasta los treinta años de prisión", dijo Marco Antonio Gómez Nava. 
"Con esto se busca limitar el tráfico ilícito de armas. Poner un control de todas estas armas que se mueven por el país de manera ilícita, pero también aquellas personas que pretendan o que usen las armas de uso exclusivo de las fuerzas armadas en contra de instituciones, se puede duplicar incluso la pena”, añadió.

Reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego

A finales de abril, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad las reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego para fortalecer el registro, control, vigilancia y sanción de las actividades conexas con armas de fuego, municiones, artificios y explosivos, así como sus componentes y rios.

En este contexto, Gómez Nava detalló que en dicha reforma quedan expresamente prohibidos los vehículos que se modifican de manera artesanal para añadirles armamento y blindarlos.

Esta actividad, también sería penada con las sanciones que llegan hasta 30 años de prisión.

“Por ejemplo, las armas que son de uso exclusivo del ejército, que las emplea normalmente la delincuencia en contra de las instituciones, que emplean vehículos con blindaje artesanal, esto queda prohibido”, agregó.

El general explicó que los cambios también dan certeza jurídica a las personas que poseen un arma, ya que antes, si una persona que poseía una de manera legal moría, esta arma quedan en “el limbo”.

“Cuando sucede algún imprevisto y que el titular del arma ya no se encuentre con nosotros, pues queda, por decirlo de alguna manera, en el limbo esa arma. Con esta reforma existe la posibilidad o más bien, la oportunidad de que la persona titular designe a alguien más para que en caso de su ausencia pueda disponer de esa arma”, remarcó el general.

¿Cómo son los autos monstruos?

Los automóviles tipo monstruos que usan los cárteles del narcotráfico —también conocidos como Rinocerontes, Frankensteins o Narcotanques— son vehículos blindados de manera artesanal con placas de acero, de una o dos pulgadas, y armamento, que utilizan para los enfrentamientos entre grupos delictivos.

Normalmente, los cárteles modifican vehículos pesados como tráilers, tractores, camiones estándar o camionetas tipo: Super Duty, Ford Lobo, Ford F-150 o la Ford Raptor.

Aunque también utilizan vehículos todo terreno como la Chevrolet Tahoe, así como camiones de plataforma más grandes, remolques volquete o camiones de doble remolque con dos ruedas traseras a cada lado.

Se denominan como Monstruos principalmente por su parecido con los autos que modifican en Estados Unidos llamados Monster Trucks, que se usan para las carreras de demolición. 

Aunque también, en un artículo publicado por el New York Times, comparan a estos autos con los que se muestran en la película Mad Max en la que los escenarios bélicos y postapocalípticos que se muestran, no son muy distintas a la realidad de algunos estados en México.

Con información de Rafael Mejía Fernández de Lara


​MD


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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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