Política

¿Qué pasa si la empresa no me paga mis UTILIDADES antes del 30 de mayo? Esto dice la LFT

El pago de utilidades es un derecho que tienen todos los trabajadores y, si no se hace en tiempo y forma, esto es lo que dice la Ley Federal del Trabajo sobre sanciones.

El mes de mayo es de suma importancia para los trabajadores, pues además de tener un día de descanso oficial (el Día del Trabajo), es cuando se hace el reparto de utilidades. ¿Qué pasa cuando este recurso no se entrega? Esto dicen las autoridades y documentos oficiales.

Para empezar, es importante resaltar que, el Gobierno de México destaca que el pago de utilidades (o reparto, como también se le conoce) es nada menos que la entrega de parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón a lo largo del año por la ganancia productiva o los servicios que ofrece en el mercado; al ser los trabajadores parte de este logro, se considera esta repartición como un derecho.

¿Qué dice las Ley Federal del Trabajo sobre el pago de utilidades?

La Ley Federal del Trabajo (LFT) es un documento muy trascendente para todos los que forman parte de la sociedad económicamente activa, pues además de enmarcar las obligaciones de cada trabajador, también se especifican sus derechos. Incluso, los patrones y empresas también se consideran en dicha ley, con el fin de que todo lo relacionado con la jornada laboral esté perfectamente regulado.

En ese sentido, es en el artículo 117 de dicha ley donde se lee: "Los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas, de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas".

Dado que se trata de un tema complejo para muchos, es en el artículo 118 donde se especifica que, conocer el porcentaje que se repartirá a todos los trabajadores y el cual se determina por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, será con base a estudios, se revisará y tras ello, se fijará una fecha para que los trabajadores lo reciban, esto es hasta el 30 de mayo.

"La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año", se lee en el artículo 123 de la LFT.

¿Qué pasa si la empresa no paga utilidades?

Al ser un derecho el pago de utilidades e incluso se detalle en la Ley Federal del Trabajo, también se consideran sanciones para las empresas o patrones que no entreguen dichos recursos.

El Gobierno de México enfatiza que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), dependencia a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) no solo invita a las empresas y patrones a cumplir con el pago, sino que además en caso de no hacerse, se aplicarán multas que van de los 250 a los 5 mil salarios mínimos vigentes, penalización que basta decir, también se encuentra en las LFT, que este 2025 es de 28 mil 285 pesos a los 565 mil 700 pesos.

"De 250 a 5000 Unidades de Medida y Actualización, al patrón que no cumpla las obligaciones que le impone el capítulo VIII del Título Tercero, relativo a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas", se lee en el artículo 994 fracción II.
@yorchbesos

Échale un ojo al articulo 126 de la Ley Federal del Trabajo

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¿Cómo saber si me tocan utilidades?

La Profedet es la dependencia que se encarga de dar asesoría a los trabajadores para conocer si por su giro o bien, dependiendo de la empresa para la cual desempeñen actividades, deben o no recibir utilidades.

Para esclarecer cualquier duda, se puede llamar a los teléfonos 800 717 2942 y 800 911 7877 donde, sin costo alguno, los servidores de la nación apoyarán a los trabajadores a entender mejor este derecho.

Del mismo modo, en la Cuidad de México se encuentran las unidades móviles mediante las cuales se puede recibir asesoría presencial de este y cualquier otro tema que suponga la violación de los derechos de los trabajadores.

Solo se debe tomar en cuenta que se pueden pedir los siguientes datos para hacer el proceso más fácil:

  • Nombre completo del trabajador
  • Nombre y giro de la empresa
  • Dirección de la empresa
  • Tiempo que se lleva laborando dentro de la empresa
  • Contrato o algún otro documento que certifique la relación laboral

MBL 

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Mayte Baena
  • Mayte Baena
  • Periodista egresada de la FES Aragón, UNAM con casi 15 años de carrera. Locutora comercial, editora en el área de Discover de Milenio. Apasionada de la política, con experiencia en trámites del Gobierno de México y en ocasiones de música, beisbol y otros de interés general.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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